El Tribunal de Briviesca confirma el desahucio provisional en Belorado
El proceso judicial por el desahucio de las exmonjas del Monasterio de Santa Clara de Belorado continúa su curso tras una nueva resolución. El Tribunal de Instancia de Briviesca ha ratificado la ejecución provisional del desalojo y ha establecido como nueva fecha el 12 de marzo de 2026 a las 9:30 horas, retrasando así el desahucio que inicialmente estaba fijado para el 10 de febrero.
Una resolución que rechaza la oposición de las exmonjas
La decisión judicial, declarada a través del Auto 39/2026 del 3 de febrero dictado por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Briviesca, desestima de forma contundente los cinco motivos que presentaron los abogados de las exclarisas para oponerse al desahucio. Además, la sentencia impone las costas procesales a las demandantes y aclara que esta resolución ya no admite recursos.
Los argumentos rechazados por el tribunal
Entre las razones esgrimidas por la defensa de las exmonjas estaba la pendiente resolución de un recurso de apelación frente a la sentencia inicial de desahucio. No obstante, el tribunal descartó esta alegación al recordar que la Audiencia Provincial de Burgos ya ratificó íntegramente la sentencia en una resolución anterior.
También fue desestimada la solicitud basada en la condición de «gran tenedor» del monasterio o la supuesta vulnerabilidad de las exmonjas, ya que los inmuebles se entienden con uso religioso y no como vivienda habitual comparable a la de una persona particular.
Asimismo, el tribunal rechazó la alegación contra la representación del comisario pontificio, clarificando que el Arzobispo tiene autoridad para requerir el desalojo en casos de separación de la doctrina oficial.
Imposibilidad de oponerse por temor infundado
El tribunal examinó el único motivo válido para una posible oposición a la ejecución provisional: la imposibilidad o dificultad extrema para restablecer la situación si la sentencia se revocase en el futuro. En este sentido, las exmonjas expresaron temor a un uso indebido o incluso a la demolición del inmueble, un planteamiento calificado de «temor lanzado al aire» sin fundamento probatorio.
El tribunal enfatiza que un temor debe ser razonado y demostrado con evidencias para ser considerado. Por ello, descartó esta inquietud y explicó que, en caso de anulación de la sentencia, el regreso de las exmonjas al monasterio sería posible, haciendo reversible la situación.
Prórroga y cierre del capítulo judicial
Ante la petición de prórroga presentada por las exmonjas para el desalojo voluntario, el tribunal recordó que esta decisión compete al Letrado de Administración de Justicia, quien ha acordado conceder un mes adicional, estableciendo el lanzamiento definitivo para el 12 de marzo de 2026 a las 9:30 horas.
Finalmente, el tribunal declaró la desestimación completa de la oposición, impuso las costas y ordenó la continuación de la ejecución despachada a instancia de la representación del Monasterio de Santa Clara de Belorado. Así se cierra una nueva etapa del litigio, aunque la historia judicial aún no termina definitivamente.
Contexto y repercusiones
El litigio en torno al Monasterio de Santa Clara de Belorado, situado en la provincia de Burgos, ha conllevado múltiples decisiones judiciales y recursos por parte de las exmonjas y sus abogados. El conflicto gira en torno al abandono del convento tras disidencias doctrinales con la Iglesia, lo que ha generado gran atención mediática y social.
Este proceso, afectando a un inmueble de uso religioso, pone en evidencia las complejidades legales de desahucios en casos donde la propiedad, el uso y la titularidad presentan características especiales. Para entender más sobre los problemas legales de desahucios en inmuebles religiosos, puede consultarse la Guía práctica de desahucios de la Abogacía Española.
Para conocer más sobre la provincia de Burgos y su administración judicial, el sitio oficial del Ayuntamiento de Burgos ofrece información complementaria.
Conclusión
La confirmación del Tribunal de Briviesca reafirma la ejecución provisional del desahucio, marcando un plazo definitivo para el desalojo de las exmonjas, aunque la sentencia conlleva la posibilidad de futuras apelaciones limitadas. Este caso sigue siendo un ejemplo de las tramas jurídicas que pueden darse en conflictos con implicaciones religiosas y sociales, con un desenlace que será seguido atentamente en los próximos meses.
Imagen: www.abc.es




