El Tribunal Europeo Reconoce a las Mascotas como Equipaje en Transportes Aéreos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, ha emitido una sentencia que establece que los animales de compañía deben considerarse como parte del equipaje cuando se viaja en avión. Este fallo aclara que, en caso de pérdida o daños, la indemnización se regirá por las normas aplicables al equipaje y no por el valor sentimental que el propietario atribuya a su mascota.
Antecedentes del Caso: Desaparición de un Perro en un Vuelo de Iberia
La sentencia responde a una consulta prejudicial realizada por la justicia española tras un incidente ocurrido en un vuelo de Iberia entre Buenos Aires y Madrid. Una pasajera viajaba con su perro, que pudo ser ubicado en la bodega del avión debido a su tamaño. Durante el vuelo, un empleado de la aerolínea sacó al animal de la jaula para que pudiera estirar las patas, momento en que el perro se escapó y jamás volvió a ser encontrado.
La dueña del perro presentó una demanda contra la compañía aérea, argumentando que su vínculo afectivo con el animal excedía el valor material promedio del equipaje, pues su perro tenía un valor sentimental irremplazable.
El fallo del Tribunal: Animales en el Concepto de Equipaje
El Tribunal europeo ha aclarado que, aunque comúnmente se asocia el término «equipaje» a objetos, esto no excluye a los animales de compañía. Según el Convenio de Montreal —que regula el transporte aéreo internacional—, se aplica el término «personas» para referirse únicamente a los pasajeros, por lo que las mascotas no pueden considerarse pasajeros.
Por tanto, las mascotas deben ser incluidas dentro del concepto de equipaje, y sus pérdidas o daños durante el transporte aéreo estarán sujetas al régimen de responsabilidad ordinario aplicable al equipaje.
Implicaciones para los Dueños de Mascotas que Viajan
El TJUE recomienda que los pasajeros que viajen con animales domésticos declaren previamente el valor que asignan a sus mascotas para poder contratar un seguro adecuado. En caso contrario, la responsabilidad económica máxima del transportista aéreo no tendrá en cuenta el daño sentimental, limitándose a cubrir el daño material estimado.
La Pérdida del Valor Sentimental No Será Compensada
Esta resolución implica que las reclamaciones por daños basados en el valor afectivo de las mascotas no serán tomadas en cuenta para indemnizaciones. De esta forma, queda excluida cualquier valoración emocional o sentimental, uniformizando así el trato legal que reciben las mascotas dentro del transporte.
¿Qué es el Convenio de Montreal?
El Convenio de Montreal es un tratado internacional vigente que establece las reglas para el transporte aéreo internacional de pasajeros, equipaje y carga, definiendo las responsabilidades de los transportistas frente a daños y pérdidas.
Importancia de esta Sentencia para el Transporte de Mascotas
Esta decisión ofrece un precedente legal clave para la industria aérea y los viajeros, ya que clarifica la situación jurídica sobre la protección y responsabilidad frente a las mascotas durante los vuelos. Al considerar a los animales como equipaje y no como pasajeros, las compañías aéreas se limitan a respetar las normativas vigentes para equipaje, sin asumir otras obligaciones adicionales.
Consejos para Viajar con Animales de Compañía
Para evitar problemas, los expertos aconsejan a los dueños de mascotas:
- Informarse bien sobre las políticas de la aerolínea y las regulaciones internacionales para transportar animales.
- Declarar el valor del animal al contratar el billete y asegurar la mascota conforme a ese valor.
- Planificar el viaje garantizando el bienestar del animal y tomando precauciones para evitar escapes o pérdidas.
Para más detalles sobre cómo viajar con mascotas, puede consultarse la guía saber viajar mascotas en tren y avión publicada por ABC.
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Imagen: www.abc.es