Tribunal Europeo: Animales de Compañía forman parte del equipaje
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, ha dictado una sentencia clave que establece que los animales de compañía deben ser considerados como parte del concepto legal de equipaje en el transporte aéreo. Esta decisión tiene enormes implicaciones para viajeros que transportan a sus mascotas en vuelos internacionales y para las compañías aéreas encargadas de su traslado.
Contexto del caso: un perro perdido durante un vuelo con Iberia
La decisión judicial responde a una consulta prejudicial formulada por la justicia española derivada de un caso en el que una pasajera viajaba con su perro desde Buenos Aires hacia Madrid en la bodega de un avión de la aerolínea Iberia, debido al tamaño del animal. Durante el vuelo, los empleados de Iberia sacaron al perro de su jaula para que pudiera estirar las patas, pero el perro se escapó y no pudo ser localizado posteriormente.
La dueña demandó a la compañía aérea alegando que la pérdida de su mascota representaba un daño superior al considerado como pérdida de equipaje común, ya que para ella existía un valor sentimental considerablemente elevado.
Decisión de los jueces europeos sobre el valor sentimental
Los magistrados europeos aclararon que, aunque el término «equipaje» se suele asociar a objetos, ello no excluye a los animales de compañía dentro de dicho concepto. Por ello, a efectos legales y de indemnización, la pérdida de una mascota se equipara a la de un equipaje normal. De esta forma, no se reconoce el valor sentimental como un parámetro válido para incrementar las compensaciones que corresponden por la pérdida o daño sufrido.
Convenio de Montreal y su aplicación sobre el transporte aéreo
La sentencia también subraya el papel del Convenio de Montreal, que regula el transporte aéreo internacional, y que distingue claramente entre el concepto de pasajero y equipaje. Los animales de compañía, por tanto, no son asimilados a pasajeros, sino que se consideran equipaje a los efectos de responsabilidad y cobertura legal.
Recomendaciones para viajeros con mascotas
El fallo aconseja que las personas que viajen con sus animales deberían declarar previamente el valor económico que atribuyen a la mascota para que puedan suscribir un seguro adecuado y obtener una indemnización acorde en caso de pérdida o daño. En ausencia de esta declaración, la responsabilidad de la aerolínea queda limitada al régimen ordinario previsto para el equipaje, que cubre tanto daño material como moral pero en límites establecidos.
Importancia para pasajeros y compañías aéreas
Esta resolución aporta más claridad jurídica sobre las obligaciones de las aerolíneas y derechos de los viajeros, contribuyendo a evitar futuras controversias. Además, pone de manifiesto la importancia de información previa y explícita para asegurar a las mascotas durante los vuelos.
Vinculación con temas locales y consejos para viajar con mascotas
En Entrenucleos y la provincia de Sevilla, donde el transporte y la movilidad son frecuentes, esta sentencia adquiere especial relevancia para usuarios que trasladan mascotas por motivos personales o profesionales. Además, quienes planeen vacaciones con animales deben tener en cuenta esta normativa para preparar adecuadamente su viaje.
Para obtener más información sobre cómo planificar viajes con mascotas, recomendamos consultar artículos especializados como Vacaciones con el perro: consejos para viajar con la mascota en tren, barco o avión.
Conclusión
La justicia europea ha marcado un precedente al clasificar legalmente a los animales de compañía como equipaje. Esto implica que sus dueños deben anticipar y valorar económicamente a sus mascotas para asegurar una cobertura adecuada. Asimismo, limita la consideración del daño sentimental en casos de pérdida, orientando hacia un marco jurídico más concreto y objetivo en materia de transporte aéreo de mascotas.

Imagen: www.abc.es