La Audiencia de Sevilla ratifica el archivo del caso Mamouth Bakhoum
La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la familia de Mamouth Bakhoum, el vendedor ambulante senegalés que falleció ahogado tras precipitarse al río Guadalquivir mientras huía de agentes de la Policía Local. Con esta decisión, el tribunal confirma la resolución del Juzgado de Instrucción número 17 que archivó la investigación al entender que no hubo responsabilidad policial en el caso.
Detalles del suceso ocurrido el 29 de diciembre de 2024
Según relata el auto emitido el pasado 15 de julio, basado en distintos informes y testimonios, la tragedia se produjo a las 16:00 horas del 29 de diciembre en la avenida de la Constitución y el muelle de las Delicias, zonas céntricas de Sevilla a orillas del Guadalquivir. En el momento en que la Policía Local intervino para disolver una venta ambulante ilegal de productos posiblemente falsificados, Mamouth Bakhoum fue localizado portando dos hatillos.
Los agentes le siguieron para interceptarlo y, al percatarse de su presencia, Mamouth se acercó al borde del río y, sin dejar los bultos que llevaba, se agarró a un noray de amarre para evitar ser detenido. A pesar de las advertencias policiales, se soltó y cayó al agua. Dos policías locales se lanzaron al río y realizaron inmersiones buscando a la víctima, sin éxito inicial. El cuerpo fue hallado poco después por los Bomberos, que realizaron maniobras de reanimación sin conseguir salvar su vida.
La actuación policial fue legítima y proporcionada
La Audiencia hace suyos los argumentos del juzgado de instrucción, basados en los atestados de la Policía Local, Policía Nacional, y la Brigada Provincial de Policía Judicial, además de declaraciones de testigos y grabaciones de cámaras de seguridad. Se concluye que la actuación de los agentes fue legítima, prudente y diligente, sin exceso o uso desproporcionado de la fuerza.
El tribunal señala que los policías se limitaron a rodear a Mamouth y pedirle en reiteradas ocasiones que se calmara y tuviera cuidado, pero fue él quien, ignorando los requerimientos, optó por continuar la huida, agarrándose al noray de amarre sin soltar sus pertenencias, lo que acabó provocando su caída al río y posterior ahogamiento.
La causa del fallecimiento no fue la Policía
En el auto, la Sala explica que la causa decisiva y eficiente del ahogamiento fue la conducta de Mamouth, no la actuación policial. El riesgo que tomó la víctima al mantener los hatillos mientras se agarraba al noray y su insistencia en huir fue imprevisible para los agentes, por lo que no puede imputarse ningún delito de homicidio imprudente imputable a la Policía Local.
Controversias y denuncias posteriores
En el recurso de apelación, la Federación de Asociaciones Senegalesas de Sevilla llegó a denunciar públicamente que no se investigaron adecuadamente las actuaciones de bomberos y servicios sanitarios, alegando que éstos tardaron aproximadamente 50 minutos en llegar y atender la emergencia. Esta valoración, sin embargo, no fue aceptada por la Audiencia, que centró su decisión en la investigación policial y el análisis de las pruebas disponibles.
Contexto y repercusión local
Este caso ha generado debate sobre el trato a vendedores ambulantes y la intervención policial en Sevilla, una ciudad donde la venta ambulante es un fenómeno habitual especialmente en zonas turísticas y comerciales. Para más información sobre regulaciones locales y medidas municipales en Dos Hermanas y Sevilla, puede consultarse el portal oficial del Ayuntamiento de Dos Hermanas y la web del Ayuntamiento de Sevilla.
Fundamento legal y próximos pasos
El fallo judicial ratifica que las fuerzas y cuerpos de seguridad actuaron según el marco legal vigente, avalando el sobreseimiento provisional de la causa. La familia podrá recurrir ante instancias superiores, aunque por el momento no hay constancia de acciones adicionales. Mientras tanto, el caso seguirá siendo un punto de referencia en el debate sobre la actuación policial y derechos humanos en la región.
Imagen: www.diariodesevilla.es




